Los delitos societarios son infracciones penales cometidas dentro del marco de una sociedad mercantil. A diferencia de otros delitos económicos, estos están ligados directamente al funcionamiento interno de las empresas y afectan, principalmente, a socios, accionistas, trabajadores o incluso a la propia sociedad como persona jurídica. Pese a su impacto, un elevado porcentaje de las querellas presentadas por estos delitos acaban archivadas. ¿Por qué sucede esto? ¿Qué obstáculos existen para que prosperen? ¿Y cómo se puede evitar que una denuncia bien fundamentada termine siendo descartada por un juzgado?
En este artículo analizamos qué son los delitos societarios, cuáles son los más comunes y, sobre todo, por qué fracasan muchas de las acciones penales emprendidas en su contra.
¿Qué se considera un delito societario?
En España, los delitos societarios están regulados en los artículos 290 a 297 del Código Penal. Se trata de conductas delictivas que vulneran la legalidad en el marco de la actividad de una sociedad, generalmente cometidas por administradores, apoderados o socios con capacidad de decisión o acceso a la información privilegiada.
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Estos delitos buscan castigar acciones que deterioran la transparencia, la buena gestión empresarial o los derechos de los socios y terceros. Por tanto, no se trata solo de fraudes económicos clásicos, sino de infracciones que afectan a la estructura misma de la empresa y a su funcionamiento ético y legal.
Principales delitos societarios
Aunque el Código Penal recoge varios tipos, los delitos societarios más denunciados son:
1. Falsedad documental en cuentas (art. 290)
Ocurre cuando los administradores falsifican las cuentas anuales, balances o documentos que reflejan la situación económica de la sociedad. El objetivo puede ser ocultar pérdidas, desviar beneficios o engañar a socios, inversores o autoridades.
2. Imposición de acuerdos abusivos (art. 291)
Se refiere a situaciones en las que una mayoría impone acuerdos en la junta de socios con ánimo de lucro y en perjuicio del resto. Por ejemplo, la aprobación de retribuciones desproporcionadas o decisiones que benefician a un grupo reducido.
3. Negación de derechos (art. 292)
Este delito sanciona la obstrucción al derecho de información de los socios, el impedimento a participar en juntas o la negativa a recibir dividendos cuando corresponden.
4. Actos perjudiciales en situaciones críticas (art. 293)
Se castiga la adopción de decisiones perjudiciales para la sociedad, sus socios o terceros cuando esta se encuentra en crisis o en fase de liquidación.
5. Obstrucción a labores de inspección (art. 294)
Penaliza a quienes impiden o dificultan el control administrativo o judicial sobre la sociedad, como negarse a facilitar documentación a Hacienda, el juez o los auditores.
Por qué se archivan tantas querellas por delitos societarios
Aunque estos delitos pueden parecer claros sobre el papel, en la práctica judicial tienen una tasa de archivo muy elevada. Estas son las causas más frecuentes:
1. Confusión entre conflicto civil y penal
Una de las razones más habituales del archivo es que el juzgado considera que lo denunciado no constituye un delito penal, sino un conflicto societario de carácter civil o mercantil.
Por ejemplo, un socio minoritario puede acusar al administrador de aprobar decisiones perjudiciales, pero si no hay ánimo de lucro ilícito ni una infracción clara del Código Penal, el juez entenderá que debe resolverse en sede civil.
Para que un acto sea delito, debe existir dolo (intención de causar perjuicio o de obtener un beneficio ilícito), algo que no siempre se puede probar con facilidad.
2. Falta de pruebas
Muchas querellas se presentan sin haber hecho una mínima investigación interna o sin contar con documentos sólidos. En los delitos societarios, es imprescindible aportar actas de juntas, correos electrónicos, registros contables o informes periciales.
Sin pruebas objetivas que evidencien el delito, el juzgado suele archivar la querella en fase preliminar.
3. Denuncias genéricas o mal planteadas
Es frecuente que las querellas estén redactadas de forma ambigua, mezclando hechos, acusaciones y valoraciones sin una estructura clara. Esto dificulta al juez identificar si se ha cometido algún delito y por parte de quién.
Una buena querella debe describir los hechos con precisión, delimitar quiénes son los responsables, indicar a qué tipo penal se refiere y acompañar pruebas.
4. Participación del denunciante en los hechos
En algunos casos, los propios querellantes han participado o tolerado las acciones denunciadas. Por ejemplo, socios que votaron a favor de acuerdos que luego denuncian o que conocían las prácticas contables irregulares y no actuaron.
Esto no solo debilita la legitimidad del denunciante, sino que puede llevar al archivo inmediato por consentimiento implícito.
5. Prescripción del delito
Los delitos societarios tienen plazos de prescripción relativamente cortos (generalmente 5 años, aunque algunos prescriben a los 10). Si ha pasado demasiado tiempo desde los hechos, el juez no podrá investigar ni juzgar.
Cómo evitar que una querella sea archivada
Si bien no hay fórmulas infalibles, sí existen buenas prácticas para que una querella por delito societario tenga más posibilidades de ser admitida y prosperar:
- Asesorarse con un abogado especializado en penal económico y derecho societario. No todos los despachos conocen la complejidad de estos casos.
- Aportar una narrativa clara y coherente de los hechos. Cuándo, cómo, quién y qué se hizo. Nada de textos genéricos o vagas sospechas.
- Incluir documentación contable y societaria que respalde la denuncia. Las pruebas son claves. Si es necesario, contar con un informe pericial contable.
- Evitar caer en una estrategia meramente instrumental. Algunos socios denuncian como forma de presión en litigios internos. Esto suele acabar en archivo y puede perjudicarles.
- Valorar la vía civil o mercantil antes de acudir al juzgado penal. Un buen abogado sabrá cuándo conviene ir por lo penal y cuándo no.
En definitiva, los delitos societarios protegen la transparencia y la legalidad en el funcionamiento de las empresas. Aunque son cada vez más conocidos, muchas querellas presentadas en su nombre fracasan por errores de planteamiento, falta de pruebas o porque en realidad no se trata de hechos delictivos.
Para que una querella prospere, debe estar bien fundada, documentada y ser fruto de un análisis previo sobre la vía más eficaz. Acudir a la vía penal sin los requisitos adecuados solo incrementa la tasa de archivo y frustra a las partes.
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